SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2021-S3

Fecha: 29-Mar-2021

el primer presupuesto

A partir de ello, el reclamo efectuado por el impetrante de tutela sobre el incumplimiento de emisión del requerimiento conclusivo por parte del Ministerio Público, que le generaría perjuicio al estar indebidamente procesado; toda vez que, hasta la presentación de esta acción de defensa no se habría cumplido con la determinación del Juez accionado, no se advierte que sea la causa de su restricción de libertad, ni que directamente repercuta en la vigencia de la misma, dado que de los antecedentes del caso, se tiene que se encuentra privado de libertad, en razón de una medida cautelar impuesta en su contra por autoridad competente dentro del referido proceso penal, lo que conlleva a que la sola emisión del requerimiento conclusivo, no implica que per se vaya a generar la libertad que el prenombrado reclama; pues ello, independientemente de su contenido, constituye una cuestión procesal que no se encuentra directamente vinculada con la libertad del peticionante de tutela; pues la privación de ese derecho, emerge del régimen de medidas cautelares impuesto, que para su cese o modificación requiere del trámite y despliegue procesal dentro de dicho régimen con el cumplimiento de los presupuestos establecidos en la norma y el uso de los medios idóneos para el efecto, que no están directamente vinculados al requerimiento conclusivo ahora extrañado; por ende, las dilaciones que pudiesen estar ocurriendo en el proceso penal de referencia, son cuestiones del debido proceso no vinculadas a la libertad por no operar como la razón directa para su amenaza o su restricción a la misma; consiguientemente, no se cumple con el primer presupuesto requerido en el entendimiento jurisprudencial citado.