SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2021-S2

Fecha: 15-Abr-2021

denegó

La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Resolución 75/2019 de 24 de junio, cursante de fs. 1131 a 1134 vta., denegó la tutela solicitada, advirtiendo que no se lesionó los derechos o garantías constitucionales invocados; bajo los siguientes fundamentos: i) El impetrante de tutela pidió la nulidad de todos los actos administrativos y eso no puede ser un criterio de postulabilidad; en efecto, en la admisión de la demanda intentaron absolver la pretensión del accionante, siendo necesario referirse a los dos criterios denunciados; ii) No se desconoce cuáles son los regímenes de la potestad administrativa, debiendo garantizarse el debido proceso; lo único que se puede ingresar a ver es la valoración de la prueba, siempre y cuando se establezca que la prueba presentada no fue valorada y existió apartamiento de los criterios de la sana crítica y razonabilidad por parte de la autoridad demandada; iii) La Administración Aduanera no puede evadir el cumplimiento de la ley existiendo el mandato del art. 111 del DS 25870 de 11 de agosto de 2000 que dejó claramente establecido la exigencia de una serie de certificaciones previas a la importación de mercancía; y, iv) No se controvertirá la existencia de una certificación que no cumple con un reglamento del Código Tributario Boliviano o la función del SENASAG que es una labor ordinaria y tiene que ver con la salud pública, para quienes vayan a consumir un producto y es una regla de garantía cumplir con la norma recabando la certificación de inocuidad alimentaria, para proteger a la ciudadanía.