SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2021-S2

Fecha: 15-Abr-2021

se niega mayoritariamente que la denominada discrecionalidad técnica sirva de argumento para eludir la fiscalización de un acto administrativo en sede judicial. En realidad,

           De otro lado, se establece que: “Originalmente, con la expresión discrecionalidad técnica se denominaba aquella actividad administrativa que, por el hecho de estar sustentada en reglas o juicios de carácter técnico o científico -no jurídico-, se encontraba exenta del control judicial. En la actualidad, se niega mayoritariamente que la denominada discrecionalidad técnica sirva de argumento para eludir la fiscalización de un acto administrativo en sede judicial. En realidad, los aspectos técnicos involucrados en una determinada decisión administrativa forman parte de los antecedentes del acto y, por lo tanto, no escapan al control del tribunal judicial por ser ajenos a la esfera de la discrecionalidad propiamente dicha. (…).