SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2021-S3
Fecha: 20-Abr-2021
a)
Solicita se conceda la tutela, y en consecuencia, se disponga: a) El pago de los subsidios prenatal y de natalidad, por no ser brindados oportunamente; así como la otorgación del subsidio de lactancia, que debió hacerse efectiva desde el nacimiento de su hijo hasta que cumpla un año de edad; b) La cancelación en efectivo del descanso pre y postnatal al ser obligada a asistir a su fuente laboral como si no hubiera estado embarazada y no hubiese dado a luz, conforme al art. 46.III de la CPE; c) La monetización de la hora de lactancia correspondiente; d) El pago de sus sueldos que no le fueron cancelados por los días que trabajó entre la finalización de su primer contrato administrativo y la suscripción del segundo; así como entre la culminación de ese e inicio del tercero; y, e) La cancelación de los sueldos a los que no pudo acceder por no garantizarle su estabilidad laboral desde el 1 de enero hasta el 9 de mayo de 2019; fecha en la que su hijo cumplió un año de edad; puesto que el Gobierno Autónomo Municipal de Sucre no la contrató por su condición de madre progenitora.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- excepciones al principio de subsidiariedad en los cuales resulta necesaria la prescindencia del citado principio, con la finalidad efectivizar o materializar derechos fundamentales demandados como conculcados, frente a aspectos formales
- la protección de una mujer trabajadora en estado de gestación
- Por la protección especial de la que gozan la mujer embarazada
- De la jurisprudencia desarrollada, se establece que en los casos de mujer embarazada
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- III.3. Análisis del caso concreto
- con una vigencia del 19 de febrero al 28 de diciembre de 2018
- Y por
- como ser de la madre o padre progenitor hasta que el menor cumpla un año de edad
- REVOCAR en parte