SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2021-S3
Fecha: 20-Abr-2021
II.1.
II.1. Cursan Contratos Administrativos Menores de Consultoría Individual de Línea de Prestación de Servicios DIR. JUR. 0335/2016 de 25 de abril, DIR. JUR. 00491/2017 de 19 de mayo y UNID. JUR. 0634/2018 de 31 de julio, suscritos entre Josefina Vargas Coa -hoy accionante- y el Gobierno Autónomo Municipal de Sucre. El primero, como “Profesional Comunicador”, con una vigencia del 23 de marzo hasta el 27 de diciembre 2016. El segundo, como “Comunicador/a Social”, con una vigencia desde el 13 de febrero hasta el 27 de diciembre de 2017. Y el tercero, como “Comunicador (a) Social del programa Almuerzo Educativo Saludable de N.N.A.” de la Dirección de Gestión Social dependiente de la Secretaría Municipal de Desarrollo Humano y Social, con una vigencia del 19 de febrero al 28 de diciembre de 2018 (fs. 3 a 15).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- excepciones al principio de subsidiariedad en los cuales resulta necesaria la prescindencia del citado principio, con la finalidad efectivizar o materializar derechos fundamentales demandados como conculcados, frente a aspectos formales
- la protección de una mujer trabajadora en estado de gestación
- Por la protección especial de la que gozan la mujer embarazada
- De la jurisprudencia desarrollada, se establece que en los casos de mujer embarazada
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- III.3. Análisis del caso concreto
- con una vigencia del 19 de febrero al 28 de diciembre de 2018
- Y por
- como ser de la madre o padre progenitor hasta que el menor cumpla un año de edad
- REVOCAR en parte