SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2021-S3

Fecha: 20-Abr-2021

II.4.

II.4.  Por nota presentada el 14 de abril de 2020, la accionante hizo conocer a Ana María Arciénega Baptista, Jefa de RR.HH. de la CNS Regional Sucre -ahora coaccionada-, que ese día el sistema biométrico de control de personal no registró su salida de la entidad (fs. 17). Asimismo, por nota de 17 de igual mes y año, la accionante puso en conocimiento de la mencionada Jefa de RR.HH., que el 16 de dicho mes y año tampoco pudo registrar su ingreso a la entidad; por lo que solicitó se le explique las razones de esa situación (fs. 19). En respuesta, Javier Gonzáles Alcocer, Administrador Regional a.i.; María Eugenia Enríquez Padilla, Jefa de Servicios Generales a.i.; y, la citada Jefa de RR.HH., todos de la referida entidad -hoy accionados- suscribieron el oficio con Cite JRH/035/20 de 16 del citado mes y año, por el que, indicaron a la accionante que su Contrato de Trabajo Temporal concluyó y que esa situación le fue comunicada oportunamente (fs. 20).