Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0148/2021-S2
Fecha: 20-May-2021
I.2.1. Ratificación de la acción
Juan José Sainz Sevilla en representación de la accionante, indicó que “…el día de ayer…” (sic) fue posesionado un nuevo Director General Ejecutivo a.i. de la ASFI, el mismo que no pudo extender un poder para su apersonamiento y representación en esta audiencia; por lo que, solicitó que el Testimonio de Poder 2895/2019 de 25 de noviembre arrimado, extendido por la peticionante de tutela, cuando aún estaba en funciones, sea aceptado en previsión del art. 3.5 del Código Procesal Constitucional (CPCo), inherente al principio de formalismo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.3.
- denegó
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- FUNDADA
- III.1.
- III.2. Sobre la revisión de la valoración de la prueba en sede constitucional
- 1) No se apartaron de los marcos legales de razonabilidad y equidad; 2) No omitieron de manera arbitraria la consideración de las pruebas, ya sea parcial o totalmente; y, 3) Basaron su decisión en una prueba inexistente o que refleje un hecho diferente al utilizado como argumento.
- Fragmento 13
- ADMISIBLE é IMPROCEDENTE
- a)
- reconoce a la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero- ASFI, en calidad de víctima en representación del Estado
- OTROSI 1
- 1° REVOCAR en parte