Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0148/2021-S3
Fecha: 04-May-2021
II.4.
II.4. Mediante Resolución 09/2019 de 10 de diciembre, la Comisión de Constitución y Gobierno de la Asamblea Legislativa Departamental de Santa Cruz rechazó la solicitud de habilitar la postulación planteada por la accionante, al no desvirtuar los argumentos que motivaron su inhabilitación, debido a que no corresponde a esa Comisión determinar la veracidad de los registros públicos, pues solo se remite a analizar la documentación emitida por la autoridad competente y presentada por los mismos postulantes (fs. 108).
- acción de protección de privacidad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de la acción de protección de privacidad
- impedir que se difundan y, en su caso, se eliminen si se trata de datos o informaciones sensibles, cuya difusión podría lesionar el derecho a la honra, la buena imagen o el buen nombre de la persona o de su familia
- Fragmento 14
- III.2. La acción de protección de privacidad: Naturaleza subsidiaria, salvo inminencia de la violación del derecho tutelado y la acción tenga un sentido eminentemente cautelar
- III.3. Análisis del caso concreto
- 3.
- CONFIRMAR