Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0148/2021-S3
Fecha: 04-May-2021
II.5.
II.5. Por Resolución TSE-RSP 0172/2013 de 11 de julio (fs. 102 y vta.), la Sala Plena del TSE, aprobó el “Reglamento para el Trámite de la Renuncia de Militantes y Simpatizantes y Anulación de Registros en el Padrón Nacional de Militantes y Simpatizantes y Extensión de Certificación de Militancia”; que en el art. 10.I de su Capítulo III determina textualmente lo siguiente:
- acción de protección de privacidad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de la acción de protección de privacidad
- impedir que se difundan y, en su caso, se eliminen si se trata de datos o informaciones sensibles, cuya difusión podría lesionar el derecho a la honra, la buena imagen o el buen nombre de la persona o de su familia
- Fragmento 14
- III.2. La acción de protección de privacidad: Naturaleza subsidiaria, salvo inminencia de la violación del derecho tutelado y la acción tenga un sentido eminentemente cautelar
- III.3. Análisis del caso concreto
- 3.
- CONFIRMAR