SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0159/2021-S3
Fecha: 06-May-2021
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La impetrante de tutela, denuncia la vulneración de sus derechos a la petición, a la igualdad de las personas, al debido proceso, a la “seguridad jurídica” y la legalidad de los actos administrativos, ampliando en audiencia los derechos al trabajo y “la unión familiar constituida” (sic); indicando que cumpliendo sus funciones de Jueza del Juzgado Público Mixto Civil Comercial, Familia e Instrucción Penal Primero de La Guardia del departamento de Santa Cruz, el 14 de febrero de 2019, se le notificó con el Memorándum CM-DIR.NAL.RR.HH.-Nº J-29/2019 de 13 de febrero, emitido por el Director Nacional de RR.HH. del Consejo de la Magistratura, en cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución 005/2019 de la indicada fecha, pronunciada por el Pleno del Consejo de la Magistratura, que aprobó de manera incorrecta su transferencia al Juzgado Público Mixto de Familia y de la Niñez y Adolescencia Primero de Puerto Suárez del referido departamento, formulando recurso de revocatoria haciendo conocer que tiene dos hijos en la primera infancia, su esposo en la ciudad de Santa Cruz y principalmente bajo su dependencia su madre de la tercera edad con una discapacidad de 38%, conforme al carnet de discapacidad 07-19581011NFC, quien además se encontraría en preparación para operación de trasplante de riñón del cual su persona sería la donante; y al no haberse pronunciado resolución alguna que resuelva esa impugnación, el 9 de abril de 2019, pidió que se pronuncien las autoridades accionadas; empero, transcurridos a la fecha seis meses no obtuvo ninguna respuesta pese al plazo de cinco días que tenían; por lo que, se le estaría desconociendo su derecho de petición, a la igualdad de las personas, al debido proceso, a la “seguridad jurídica” y la legalidad de los actos administrativos, al trabajo y “la unión familiar constituida”..
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- Resolución de 22 de marzo
- 1)
- denegó
- i)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3
- II.4
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Un elemento de transcendental importancia en el ámbito jurídico es sin duda el petitorio pues en el ámbito procesal delimita el accionar de las autoridades judiciales o administrativas que están obligadas a resolver los recursos o impugnaciones conforme a lo solicitado, caso contrario se produce una decisión ultra o infra petita. Sin embargo, debido a que puede confundirse con el derecho de petición pura y llana corresponde diferenciarla.
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- III.2.
- Fragmento 21