Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0175/2021-S2
Fecha: 21-May-2021
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La accionante a través de su abogado, ratificó in extenso los argumentos contenidos en la demanda tutelar añadiendo que la Vocal demandada no consideró el informe socioeconómico emitido por la autoridad de Régimen Penitenciario ni tomó en cuenta la obligación que tiene toda autoridad jurisdiccional al momento de emitir una resolución debiendo hacerlo en mérito a todos los antecedentes que cursan en el expediente; tampoco consideró que pese a ser madre de un niño de seis meses, estaría más de un año detenida, viéndose afectada su libertad; debido a que, no podría hacer efectiva la fianza económica impuesta.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- Tribunal de apelación
- aclarándose que la fundamentación se exige tanto en las resoluciones pronunciadas en primera instancia, como aquellas emitidas en apelación
- III.2. Análisis del caso concreto
- a través de terceros
- CONFIRMAR