Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0175/2021-S2
Fecha: 21-May-2021
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante mediante su representante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación razonable de resoluciones judiciales y a la libertad física por parte de la Vocal demandada, quien al emitir el Auto de Vista de 29 de junio de 2020, confirmó el Auto de 12 de igual mes y año, pronunciado por la Jueza de la causa sin realizar un análisis de todas las circunstancias existentes y demostradas de manera integral y con base en fundamentos irrazonables e incongruentes y argumentos “excesivos” que se apartan del valor justicia, rechazó su solicitud de sustitución de fianza económica por juratoria.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- Tribunal de apelación
- aclarándose que la fundamentación se exige tanto en las resoluciones pronunciadas en primera instancia, como aquellas emitidas en apelación
- III.2. Análisis del caso concreto
- a través de terceros
- CONFIRMAR