Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0175/2021-S2
Fecha: 21-May-2021
II.2.
II.2. A través del Auto de Vista de 29 de junio de 2020, la Vocal de la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba Silvia Clara Zurita Aguilar, resolvió la apelación incidental planteada por la accionante contra el Auto de 12 de junio de igual año, emitido por la aludida Jueza; determinando declarar IMPROCEDENTE el recurso planteado CONFIRMANDO el Auto apelado que rechazó la solicitud de sustitución de fianza real por juratoria (fs. 33 a 37).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- Tribunal de apelación
- aclarándose que la fundamentación se exige tanto en las resoluciones pronunciadas en primera instancia, como aquellas emitidas en apelación
- III.2. Análisis del caso concreto
- a través de terceros
- CONFIRMAR