SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0185/2021-s3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0185/2021-s3

Fecha: 06-May-2021

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Mediante documento firmado el 26 de enero de 2011 y reconocido ante Notario de Fe Pública el 29 de abril de 2016, adquirieron un inmueble -a través de la compra de posesión y mejoras-, ubicado “en la Zona Sur Palmira III...” (sic), por la suma de $us20 000.- (Veinte mil dólares estadounidenses), de Luis Leaños Rosales, quien compró a su vez el mismo el 31 de enero de 1997 a Yolanda Camacho Valle; por cuestiones laborales ocuparon dicho inmueble por el lapso de siete meses, y al ver que su hijo estaba detenido -en un centro penitenciario-, por la presunta e imaginaria comisión del delito de “violencia” ejercida contra su cónyuge Gisela Moreira Jacinto de Camacho, ésta aprovechando tal situación se quedó en el inmueble alegando que la autoridad Fiscal dictó medidas de protección para que su esposo salga de su hogar y con ese argumento se creyó dueña del mismo; por ese motivo, el 22 de agosto de 2016, presentaron denuncia en su contra por la comisión del delito de avasallamiento, donde en primera instancia Osman Arias Villarroel -Fiscal de Materia-, emitió imputación formal, pero posteriormente dictó sobreseimiento a favor de la prenombrada, argumentando que no se demostró que la imputada hubiere ingresado violentamente al inmueble, a través de amenazas o abuso de confianza, decisión contra la cual sus personas formularon impugnación, la misma que fue ratificada mediante Resolución Fiscal Departamental FLM 144/17 de 21 de septiembre de 2017.

Puntualizan también que, en el decurso de la investigación ampliaron su denuncia contra Alberto Hurtado Sánchez, José Morales Ricaldes y Arselio Boris Menacho Salomón por la comisión del delito de avasallamiento; empero, Ángel Álvarez Banegas y Nardy Ávila Solís, Fiscales de Materia, emitieron Resolución de rechazo de denuncia en favor de los dos primeros, dejando en suspenso la situación del último; ante la objeción presentada contra dicha decisión, el 29 de octubre de 2018 Mirael Salguero Palma, ex Fiscal Departamental de Santa Cruz, emitió la Resolución Fiscal Departamental JCC 1016/18 de 29 de octubre de 2018, ratificando el rechazo dispuesto.

Con base a tales antecedentes procesales, alegan que las autoridades Fiscales accionadas, a lo largo del tracto investigativo, incurrieron en infracción de sus derechos y garantías constitucionales que identifican, por cuanto no consideraron su calidad de víctimas, permitiendo que el avasallamiento se consume y el delito de estelionato quede impune, porque en vez de formular acusación se avocaron a emitir Resoluciones de sobreseimiento omitiendo aplicar la ley, además les escondían el cuaderno investigativo hasta por treinta y seis días, ocultando memoriales inclusive.