SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0215/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0215/2021-S2

Fecha: 07-Jun-2021

2)

2)  El proceso o vía incidental, solo es posible de ser utilizada cuando no existiera un procedimiento especializado para tratar el tema en debate; en este caso, a los fines de pretenderse una nulidad de declaratoria de herederos, debe necesariamente ser tramitado por la vía del proceso de conocimiento (ordinario) a objeto de resguardarse el derecho al debido proceso de los litigantes;