SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0215/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0215/2021-S2

Fecha: 07-Jun-2021

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante mediante su representante, denuncia la lesión de sus derechos al debido proceso en sus componentes de fundamentación, motivación y congruencia; a la propiedad, a la sucesión hereditaria, al acceso a la justicia y a la “seguridad jurídica”; aduciendo que, mediante Auto 38/19 de 14 de febrero de 2019, la Jueza de la causa resolvió probado el incidente que interpuso, declarando nulo el proceso de declaratoria de herederos seguido por Fridla Estela Grossman de Strasser y otro; sin embargo, ante el recurso de apelación formulado, los Exvocales por Auto de Vista 319 de 16 de agosto de igual año, determinaron revocar parcialmente el Auto apelado, y en consecuencia rechazaron el incidente que planteó; fallo que no contiene una debida fundamentación, motivación ni congruencia entre la parte considerativa con la resolutiva, tampoco expresó justificaciones traducidas en las razones de hecho y de derecho, menos disposición legal alguna que sustente su decisión, no habiendo dado cumplimiento al Auto Supremo 155/2012 que resulta ser vinculante para el presente caso, afectando su derecho a la sucesión hereditaria, consagrado en el art. 56.III de la CPE.