SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0230/2021-S2
Fecha: 08-Jun-2021
II.1.
II.1. Mediante Auto Interlocutorio 559/2018 de 22 de noviembre, pronunciado por Alan Mauricio Zarate Hinojosa, Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Segundo de la Capital del departamento de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Alfredo Barrios Almanza -ahora impetrante de tutela- por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica, se dispuso la cesación de su detención preventiva, determinándose la aplicación de las siguientes medidas sustitutivas: a) Detención Domiciliaria en un inmueble distinto al de la víctima; b) Prohibición de acercarse a la prenombrada; c) Arraigo; d) Presentación de tres garantes solventes; e) Someterse a terapias psicológicas; y, f) Apersonamiento ante el Ministerio Público, los días lunes de cada semana (fs. 6 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- si la vulneración de los derechos tutelados por la presente acción de defensa emerge del incumplimiento o la inobservancia de las funciones y obligaciones conferidas al personal de apoyo jurisdiccional
- en el caso de los funcionarios de apoyo judicial
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.3
- III.3. Interpretación del art. 128.II de la Ley del Órgano Judicial. La emisión de decretos que dispongan informe sobre datos del proceso, constituye dilación indebida.
- II. Quedan prohibidos los decretos que dispongan informe sobre aspectos contenidos en el expediente
- Por todo ello, la prohibición de emisión de decretos que dispongan informe sobre datos contenidos en el expediente, solo alcanza para evitar una demora culpable de parte de la autoridad jurisdiccional en la sustanciación de actuados judiciales, pero no así, cuando dicho informe es solicitado por las partes o sujetos procesales de la causa
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte
- 3° DISPONER