SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0240/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0240/2021-S2

Fecha: 09-Jun-2021

III.1.  Sobre la legitimación activa en la acción de amparo constitucional

Al respecto, en referencia a la legitimación activa en la acción de amparo constitucional la SCP 1113/2012 de 6 de septiembre, reiteró el entendimiento expuesto por la SC 0703/2011-R de 20 de mayo, que a su vez extractó lo establecido por SC 0641/2010-R de 19 de julio, la cual citó la SC 0400/2006-R de 25 de abril, del extinto Tribunal Constitucional señalando que: “‘Para hacer referencia a los sujetos activos es necesario partir de una premisa fundamental: así como no existe acción sin sujeto titular y sin sujeto pasivo concretos, tampoco hay acción sin legitimación activa y pasiva.

La legitimación en el orden procesal debe relacionarse con el concepto de acción y por consiguiente, con sus sujetos activo y pasivo, se configura con el reconocimiento que el derecho hace a una persona de la posibilidad de ejercitar y mantener con eficacia una pretensión procesal - legitimación activa -, o de resistirse a ella eficazmente - legitimación pasiva -.