SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0241/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0241/2021-S2

Fecha: 09-Jun-2021

i)

Sobre el particular, la Sala Constitucional indicó: i) No existe un mecanismo de defensa idóneo para la protección de los derechos fundamentales y garantías fundamentales, ante la suspensión de plazos para considerar los recursos de revocatoria y jerárquico; además de ello, se prescinde de la naturaleza subsidiaria cuando los agraviados pertenecen a grupos de vulnerabilidad; ii) El tema administrativo es inherente al Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca, limitándose la jurisdicción constitucional a verificar la vulneración de derechos fundamentales y garantías constitucionales; iii) Ambos progenitores tienen derecho a la inamovilidad laboral, siendo evidente que la administración pública o los asesores legales “se inventan todo tipo de teorías jurídicas, solamente para defenestrar y menoscabar el derecho fundamental de los padres” (sic), teniendo los dos la posibilidad de acogerse al beneficio instituido en la Norma Suprema para dar protección al menor con discapacidad; iv) No existe norma alguna que establezca que la inamovilidad deba hacerse respecto al primer cargo obtenido en una entidad, en el caso de la demandante de tutela, al de Profesional, no pudiendo por ende, adoptarse criterios restrictivos ni desconocerse que la inamovilidad es inherente al cargo y sueldo que percibía como Directora de Infraestructura, puesto que además ocupó teniendo conocimiento la referida Gobernación de ser la accionante madre de un menor con discapacidad; y, v) En caso de no existir ningún otro cargo con igual remuneración mensual, corresponderá que la restablezcan al mismo cargo, sin efectuarle ninguna rebaja salarial (fs. 186 a 188 vta.).