Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0241/2021-S4
Fecha: 10-Jun-2021
II.1.
II.1. Celina Fernández Tejerina, Encargada de Control y Fiscalización del Consejo de la Magistratura de Tarija, denunció al ahora accionante por la presunta comisión de la falta grave descrita por el art. 187.2 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ) –Ley 025 de 24 de junio de 2010–, debido a que no realizó ninguna acción disciplinaria en contra de su personal de apoyo a pesar de tener conocimiento que la Secretaria del Juzgado, no elaboró el acta del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Diego Fernando Ríos y otros (fs. 30 a 31 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La tutela
- 1.
- III.2. Sobre los procesos disciplinarios
- III.3. El proceso disciplinario en el Órgano Judicial
- III.4. Sobre la interposición de excepciones en los procesos disciplinarios para la jurisdicción ordinaria y agroambiental
- III. 5. Obligatoriedad de verificación de oficio de la prescripción en procesos disciplinarios
- Fragmento 17
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR