SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0247/2021-S4
Fecha: 10-Jun-2021
efectos de asumir una determinación objetiva y racional
Del mismo modo, aludiendo a la revisión del Sistema Integrado de Gestión de Causas Penales del Ministerio Público y antecedentes cursantes en el cuaderno de investigación, resaltó la existencia de un proceso penal investigativo con identidad de sujetos procesales, objeto y causa, explicando su relación con el proceso penal que dio lugar al rechazo de denuncia en análisis, estableciendo de manera fundamentada y suficiente que éste y los anteriores elementos identificados, resultaban importantes y debían ser recabados y considerados a “efectos de asumir una determinación objetiva y racional” (sic) y resaltando que, en cumplimiento del art. 55.I de la LOMP, en ejercicio de la acción penal pública, el Ministerio Público tiene el deber de realizar todos los actos procesales investigativos necesarios, para la averiguación de la verdad material e histórica de los hechos, objeto de investigación, sin que ello implique presumir la culpabilidad de los sujetos sometidos a proceso, encontrándose circunscrita la labor del Ministerio Público, al establecimiento de la verdad histórica de los hechos y a partir de este descubrimiento determinar la autoría de los procesados o, en su caso, descartar su participación en el hecho o hechos suscitados.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- Fragmento 9
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo. En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas
- el debido proceso es de aplicación inmediata, vincula a todas las autoridades judiciales, jurisdiccionales y administrativas, y constituye una garantía de legalidad procesal prevista por el constituyente para proteger la libertad, la seguridad jurídica y la fundamentación o motivación de las resoluciones judiciales o administrativas.
- entre sus elementos se encuentra la fundamentación y motivación de las resoluciones, a las que toda autoridad a cargo de un proceso está obligada a cumplir, no solamente a efectos de resolver el caso sometido a su conocimiento, sino exponiendo de manera suficiente, las razones que llevaron a tomar cierta decisión, así como las disposiciones legales que sustentan la misma, es decir, debe llevar al convencimiento que se hizo justicia, tanto a las partes, abogados, acusadores y defensores, así como a la opinión pública en general
- a efectos de posibilitar la recolección de nuevos elementos orientados a corroborar la existencia de los hechos endilgados y la responsabilidad de los procesados, por lo que instó al Fiscal asignado actuar con la debida diligencia
- primer agravio
- efectos de asumir una determinación objetiva y racional
- denegar
- segunda problemática
- última problemática
- CONFIRMAR