SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0250/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0250/2021-S2

Fecha: 22-Jun-2021

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante a través de su abogado, ratificó in extenso los argumentos contenidos en la demanda tutelar y manifestó que los hechos suscitados se debieron a que este rompió el candado para que pase el auto de un vendedor que llegó del municipio de Aiquile, ya que no contaba con llave y este se encontraba esperando buen tiempo.

En su derecho a la réplica, el abogado del impetrante de tutela indicó que lo manifestado por los intervinientes en audiencia corroboran lo relatado en su acción de defensa; asimismo, pide que se valore el certificado médico acompañado, así como el examen de radiografía, que prueban las lesiones del accionante al ser arrastrado, como así también la causas de su vestimenta rota y el acta firmada contra su voluntad la misma que fue suscrita con base a torturas. De igual manera, la Constitución Política del Estado prohíbe allanar domicilios en horario nocturno, el amedrentamiento a niños menores de edad, quienes tienen derechos reforzados, además de la prohibición de torturas, vejámenes contra la vida.