Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0277/2021-S4
Fecha: 17-Jun-2021
II.1.
II.1. Por memorial presentado el 27 de junio de 2019, dirigido al Tribunal de Sentencia Penal Séptimo del departamento de La Paz, Omar Alejandro Asbun Farah, –ahora accionante– conjuntamente su abogada Rocío Landívar Quijarro, se apersonaron para que la profesional indicada pueda participar de la audiencia programada para el viernes 28 de junio de 2019 (fs. 36 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
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