Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0282/2021-S4
Fecha: 22-Jun-2021
II.2.
II.2. Consta acta de verificación de 29 de mayo de 2020, realizada por Notaria de Fe Pública 32 de Cochabamba, dando fe de haberse constituido en el bien inmueble ubicado en av. Potosí No. 1342, zona Queru Queru del referido departamento, pudiendo observar que la puerta de vidrio Blindex de seguridad pudo ser abierta; empero, los dos candados no, porque no hubieran sido puestos por la accionante, y que la puerta de garaje por la que también tenía acceso a su resto Bar-Pub, tenía candado por dentro, acompañando un muestrario fotográfico (fs. 29 a 34 ).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- NO HA LUGAR
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1. Pr
- las vías de hecho se definen como el acto o los actos cometidos por particulares o funcionarios públicos, contrarios a los postulados del Estado Constitucional de Derecho por su realización al margen y en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales vigentes para una administración de justicia
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2)
- 3)
- 4)
- Fragmento 19
- REVOCAR