SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0293/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0293/2021-S3

Fecha: 08-Jun-2021

II.3.

II.3.    Consta la Resolución del caso 3065/20 de 3 de agosto de 2020 elaborada por el Sargento Juan Cusi Acarapi – Conciliador de la Oficina Policial Segunda de la ciudad de La Paz, que refiere: “De acuerdo al informe de acción Directa que antecede, elaborado por el Sr. Tte. Miguel Angel Aguilar Choque, Dependiente de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen F.E.L.C.C. de fecha 03 de agosto de 2020, quien condujo en calidad de Arrestado al Sr. ALVARO ROLANDO ELIAS CONDORI (…) quien estaría infringiendo el Art. 28 Núm. 1 “FALTAMIENTO A LA AUTORIDAD” e interferir la labor policial del Reglamento de Faltas y Contravenciones Policiales de la Unidad de Conciliación Ciudadana y Familiar, por lo que se dispone la Sanción e Infracciones del Art. 8 de acuerdo al Inc. b) y Art. 11 Permanencia en el Recinto Policial por el lapso de ocho horas de arresto Policial, posteriormente una vez cumplida el mismo se retiró con apercibimiento Policial y con las recomendaciones al caso; constando la firma del nombrado funcionario policial, así como la firma del hoy peticionante de tutela con la leyenda: “Me retiro con apercibimiento policial a horas 16:40 haciendo conocer a esta hora la Resolución 03/Agos/2020” (sic [fs. 39]).