SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0316/2021-S3
Fecha: 23-Jun-2021
a)
En mérito a dichas solicitudes, la Sala Constitucional a través del Auto de 31 de agosto de 2020, sostuvo que: a) Respecto a que debió aplicarse la SCP 0792/2016-S2, es necesario señalar que no se está ordenando el cumplimiento de la Resolución Administrativa de Conminatoria de Reincorporación JDTP-JACP 008/2020, por cuanto la concesión de la tutela y la determinación de la reincorporación del trabajador fue porque detectaron la vulneración de derechos con el despido ilegal; b) En cuanto a la relación laboral de carácter eventual, dicha Sala Constitucional se basó en la Ley 321 modificada por la Ley 1156, la cual incorpora a las trabajadoras y trabajadores asalariados permanentes a la Ley General del Trabajo, se individualiza a los funcionarios de servicios manuales y técnico-operativo administrativos; es decir, esa normativa no efectúo una diferenciación o discriminación del origen del tipo de funcionario que fuera y si existiese prueba, esta debe ser valorada o definida en las instancias ordinarias laborales; y, c) En cuanto a que el Estatuto del Funcionario Público no reconoce a ese tipo de trabajadores como pertenecientes a la Ley General del Trabajo, es otro tema que puede ser analizado donde corresponda, pues solo se aplicó la normativa social que beneficia al trabajador, favoreciendo a los más débiles.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- concedió
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- debe plantearse dentro de un plazo oportuno, justo y razonable
- la presentación de la acción de amparo constitucional debe efectuarse en el plazo de seis meses después de conocida la lesión
- la jurisdicción constitucional no puede aguardar de manera indefinida a que el titular del derecho solicite su protección, pues en su propio interés debe ser diligente en cuanto al respeto
- quien ocurre ante la jurisdicción constitucional en busca de la tutela
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte