AUTO CONSTITUCIONAL 0117/2021-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0117/2021-RCA

Fecha: 02-Jul-2021

a)

La Sala Constitucional Segunda del departamento de Tarija, mediante Auto Interlocutorio 46/2021 de 13 de abril, cursante a fs. 240 y vta., por imperio del art. 30.I.1 del Código Procesal Constitucional (CPCo) otorgó al accionante el término de tres días, a partir de su legal notificación para que subsane los siguientes aspectos: a) “…para el computo del plazo establecido para la interposición de una acción tutelar se debe adjuntar documentación que avale tal extremo, como ser notificaciones o citaciones oficiales de la institución accionada…” (sic); b) Teniendo en cuenta que se actúa en representación de una persona jurídica, se debe adjuntar Poder Especial; sin embargo en este caso adjunta un poder general de representación legal, mismo que no contiene facultades para la interposición de acciones de defensa, lo que impide abordar legitimación activa; y, c) Individualizar la prueba que resulte pertinente a la acción de amparo constitucional.

En este contexto, de la atenta revisión de la copia legalizada del Testimonio de Poder 734/2019 (fs. 3 a 5 vta.), se tiene que, “RICHARD CLAURE AYALA (…) WILLIAMS RENE ANGLES CORDOVA (…) en sus calidades de PRESIDENTE Y SECRETARIO RESPECTIVAMENTE  DEL DIRECTORIO DE LA EMPRESA INDUSTRIAS AGRICOLAS DE BERMEJO SOCIEDAD ANONIMA –IABSA, (…) confieren Poder General de Administración  con cargo de Gerente General, cual por derecho se requiere a favor de LUIS ALEJANDRO ESPINO FERNANDEZ con C.I. 4130853 Tj., para que en nombre y representación de la citada EMPRESA pueda realizar las siguientes facultades: a) Representar a la sociedad judicial o extrajudicial (…) b) El mandatario sin perjuicio de las facultades que se otorgue a través del poder general, o especial, podrá representar a la Empresa en todos los actos civiles y mercantiles, penales o administrativos (…) asimismo podrá intervenir y/o comparecer en procesos civiles, penales, laborales, administrativos, contenciosos o tributarios, como demandante o demandado, proseguir todas las actuaciones en sus respectivas instancias y grados …” (sic).