AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2021-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2021-O

Fecha: 05-Jul-2021

Pronunciamiento de fondo

Conforme a la delimitación establecida precedentemente respecto al análisis a abordar en el presente Auto Constitucional Plurinacional, corresponde definir si en efecto el hecho de que la RA 58/2020 no haya determinado la reincorporación de la impetrante de tutela al cargo que ocupaba como Directora de la Unidad Educativa Adela Zamudio “A”, turno de la mañana así como el pago de sus salarios devengados, se constituye o no en un incumplimiento de lo determinado en la SCP 0490/2019-S3, para lo cual se hace necesario en principio puntualizar el alcance de la concesión establecida en la citada Sentencia Constitucional Plurinacional.

En ese marco de la lectura de la SCP 0490/2019-S3, se advierte que su objeto procesal se centró en la denuncia de la falta de fundamentación y motivación de la RA 301/2018 de 5 de diciembre, que resolvió el recurso jerárquico interpuesto por la peticionante de tutela contra la RA 02/2018 de 9 de octubre, que resolvió el recurso de revocatoria interpuesto contra el Auto Definitivo del Proceso Disciplinario 01/2018 de 9 de octubre, concluyendo luego del análisis y consideración de cada uno de estos actuados en el siguiente análisis: