SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0040/2021
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0040/2021

Fecha: 22-Jul-2021

de uso por concepto de alquiler de la maquinaria pesada

Extrayéndose de ello, que el único acto que vinculó a ambas empresas fue el arrendamiento de maquinaria de construcción y que al no haberse cancelado las facturas se dio lugar a la suscripción del contrato de reconocimiento de deuda y posteriormente al inicio del proceso civil mencionado por incumplimiento de dicha obligación; por otro lado, se advierte que el objeto de la empresa del demandante -de acuerdo a su Matrícula de Comercio 00229056 de 13 de mayo de 2013- es otorgar servicio de transporte de carga y grúas a nivel local, departamental y nacional; y la finalidad de la empresa TRADECO INFRAESTRUCTURA S.A. DE C.V., -según su matrícula de comercio de 00265210 de 27 de septiembre de 2013- es comprar, vender, “maquilar”, exportar, permutar, distribuir, instalar, diseñar, manufacturar y ensamblar, proporcionar mantenimiento y servicio, reparar y en general comercializar toda clase de bienes muebles especialmente de productos para la construcción y diseño de viviendas o edificios, casas, bodegas, almacenes, etc. Construcción de obras públicas y privadas, así como la promoción administración, participación y la realización de cualquier actividad relacionada con negocios industriales o comerciales. Participar en concursos y licitaciones para la compra venta de todo tipo de bienes y/o para la prestación de cualquier clase de servicios especialmente relativos a la construcción, promoción y administración de bienes inmuebles. Coligiéndose de ello, que ninguna de las dos entidades, tienen por finalidad actividades agrarias, ya que sus tareas pueden ser desarrolladas tanto en el ámbito urbano o rural, así como en inmuebles que tengan o no actividad agraria.