Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2021
Fecha: 22-Jul-2021
2)
2) En este sentido, debe considerarse que el vínculo 'particular' que une a los miembros de una nación o pueblo indígena originario campesino de ninguna manera podría fundarse en el nacimiento o los rasgos físicos, por ello mismo, una persona no nacida en una determinada cultura puede adoptar la misma y por ende ser juzgado por la jurisdicción indígena originaria campesina, por ello mismo el art. 1.2 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), establece que: 'La conciencia de su identidad o tribal deberá considerarse un criterio fundamental para determinar los grupos a los que se aplican las disposiciones del presente Convenio'.
- conflicto de competencias jurisdiccionales
- I.1. Alegaciones de la autoridad campesina de la OICH
- a)
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.9.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1. El control plural de constitucionalidad
- además de conocer los conflictos de competencias entre las diferentes jurisdicciones
- d) Los conflictos de competencia entre la jurisdicción indígena originaria campesina y la jurisdicción ordinaria y agroambiental
- III.2. Ámbitos de
- ésta se encontrará facultada para plantear el conflicto ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- Fragmento 18
- III.2.1. Ámbito de vigencia personal
- 1)
- 2)
- 3)
- siempre y cuando concurran los otros ámbitos de vigencia establecidos en la Constitución Política del Estado y en la presente Ley'
- ii)
- pese a ello, a este Tribunal Constitucional Plurinacional le resulta absolutamente claro que las comunidades indígena originario campesinas vienen conociendo desde la antigüedad todas las controversias surgidas en la misma de forma que cuentan con la presunción de competencia por su situación histórica
- entretanto confluyan estos tres ámbitos: personal, material y territorial corresponderá a la jurisdicción indígena resolver el conflicto o controversia, bajo sus normas y procedimientos propios; asimismo,
- III.3.
- tentativa de homicidio se encuentra fuera del ámbito de vigencia material de la justicia indígena originario campesino
- Homicidio en grado de tentativa”
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 31
- Los delitos
- ámbito de vigencia personal
- ámbito de vigencia territorial
- COMPETENTE
- CORRESPONDE A LA SCP 0042/2021 (viene de la pág. 17).