SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2021
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2021

Fecha: 22-Jul-2021

ésta se encontrará facultada para plantear el conflicto ante el Tribunal Constitucional Plurinacional

Ahora bien, ante la existencia de un conflicto de competencias entre las jurisdicciones, el art. 202.11 de la CPE, le concede al Tribunal Constitucional Plurinacional entre otras, la atribución para conocer: “Los conflictos de competencia entre la jurisdicción indígena originaria campesina y la jurisdicción ordinaria y agroambiental”; en ese sentido, según establece el art. 102 del CPCo, la autoridad que reclame una competencia a la otra jurisdicción, solicitará que ésta última se aparte de su conocimiento; asimismo, si la autoridad requerida rechazara la solicitud o no se manifiestara en el plazo de los siete días subsiguientes, a partir de la petición de la autoridad demandante, ésta se encontrará facultada para plantear el conflicto ante el Tribunal Constitucional Plurinacional.