SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0285/2021-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0285/2021-S1

Fecha: 21-Jul-2021

Auto de 28 de septiembre de 2020

De las conclusiones arribadas en la presente acción de amparo constitucional, se constata que por el incumplimiento de obligaciones laborales como el pago de salarios del mes de marzo de 2020 (Conclusión II.1), la imposición de vacaciones colectivas a los trabajadores de EMIRSA del 4 al 29 de mayo de 2020 (Conclusión II.2) que los accionantes rechazaron y denunciaron oportunamente a través del Sindicato ante la Jefatura Departamental de Trabajo de Oruro, dicha entidad emitió Auto de 28 de septiembre de 2020, por el que conminó dejar sin efecto la imposición de las vacaciones colectivas, declarando agotada la vía administrativa del reclamo (Conclusión II.4), previo cumplimiento de actos de comunicación y conminatoria emitidas (Conclusión II.3); el mencionado Auto, fue confirmado totalmente en la Resolución Administrativa 066/2020 de 28 de octubre, emitida en respuesta al recurso de revocatorio promovido por el representante de la Empresa denunciada (Conclusión II.5). 

Estas afectaciones a la condición laboral continuaron ya que el 30 de noviembre de 2020, presentaron denuncia a la Jefatura Departamental del Trabajo de Oruro porque el mismo día, funcionarios de la Empresa concurrieron a sus centros de trabajo comunicándoles que ese, sería el último día de trabajo, solicitando el respeto de sus derechos laborales (Conclusión II.6); éstos extremos fueron complementados con lo ocurrido al día siguiente, puesto que el día 1 de diciembre del citado año, funcionarios de seguridad de la Empresa impidieron a los Trabajadores, el ingreso a sus centros de trabajo sin justificación alguna, hecho constatado por el Inspector del Trabajo (Conclusión II.7).