SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0285/2021-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0285/2021-S1

Fecha: 21-Jul-2021

II.7.

II.7.    El Inspector de Trabajo de Oruro, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, el 1 de diciembre de 2020 emitió el Informe MTEPS-JDT OR-CFSG-0473-INF/20, concluyendo que de la verificación realizada en la Empresa Minera Inti Raymi S.A., evidencia que los guardias de seguridad no permiten el ingreso a los trabajadores, impidiéndoles el desarrollo normal de sus actividades laborales y no pudiendo identificar a las personas que estarían dando las instrucciones, puesto que no existen responsables o representantes legales en dicha empresa, lo cual impide ilegalmente el ingreso de los trabajadores a su fuente laboral sin existir justificativo, norma legal, comunicado o aviso del motivo de la suspensión de las actividades laborales u operaciones de la empresa, por lo cual, se estaría vulnerando los derechos laborales de los trabajadores, conforme establecen los arts. 46, 48 y 49 de la CPE y la Ley General del Trabajo (fs. 70 y vta).