SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0285/2021-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0285/2021-S1

Fecha: 21-Jul-2021

III.6.1. Respecto al ejercicio de la estabilidad laboral

De los antecedentes detallados puede inferirse que los accionantes tienen con la Empresa una relación laboral, puesto que EMIRSA en ningún momento la cuestionó o la negó, al contrario en su informe presentado para la presente acción tutelar despliega justificaciones dirigidas a sustentar la desvinculación laboral de los trabajadores y cuestionar aspectos de orden procesal (actos de comunicación con la denuncia laboral) en el desarrollo del trámite administrativo de la denuncia de despido injustificado y solicitud de reincorporación laboral en la Jefatura Departamental del Trabajo de Oruro, quedando afianzada por consiguiente la relación de dependencia laboral de los impetrantes de tutela con EMIRSA.