SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0311/2021-S4
Fecha: 13-Jul-2021
Fragmento 17
Ahora bien, de la verificación de los antecedentes traídos en revisión y de las conclusiones de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional se advierte que, dentro del proceso penal seguido contra el ahora accionante por la presunta comisión del delito asesinato previsto en el art. 252 bis del CP, se encuentra detenido preventivamente; que, por Nota de 22 de julio de 2020, en cumplimiento del Auto de 14 de junio de 2020, que aceptó la acusación formal presentada por el Ministerio Público, la autoridad judicial demandada, remitió fotocopias legalizadas del expediente al Tribunal de Sentencia Penal Primero de Ivirgarzama del departamento de Cochabamba, (Conclusión II.2). Mediante memorial presentado el 3 de agosto de 2020, solicitó al Juez demandado, audiencia de cesación de la detención preventiva, que fue respondido por decreto de 4 de agosto del mismo año, señalando que previamente se notifique a la Secretaria del Tribunal de Sentencia Penal Primero de Ivirgarzama del departamento de Cochabamba y a la representante del Ministerio Público, a fin de que informen si existe radicatoria del proceso (Conclusión II.3); una vez recibidos los informes requeridos la indicada autoridad judicial, verificó que el proceso seguido contra el ahora accionante había sido radicado por proveído de 29 de julio de 2020 en el referido Tribunal de Sentencia Penal; en merito a lo cual, dispuso “…por lo demás esta parte estese a la Resolución de fecha 03 de agosto de 2020” (sic) (Conclusión II.4)
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La actuación de un juez que se considere incompetente frente a una solicitud de cesación de la detención preventiva
- cuando se trata de una solicitud de cesación, también es posible que un Juez a cargo del control jurisdiccional pueda resolver dicha solicitud aún ya se hubiera presentado la acusación, pero siempre que no se hubiera radicado la causa en un determinado tribunal,
- la autoridad competente para resolver
- III.2. Del debido proceso y su vinculación con el derecho a la libertad. Jurisprudencia reiterada
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- CONFIRMAR