Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0333/2021-S3
Fecha: 09-Jul-2021
II.2.
II.2. Consta Mandamiento de Desapoderamiento de 26 de febrero de 2020, emitido por el Juez Público Civil y Comercial Decimotercero de la Capital del departamento de La Paz, por el cual, manda y ordena el desapoderamiento del inmueble ubicado en “…Avenida Tte. C.L. de la Vega El Alto de La Paz (…) No. 2803 (…) con una superficie de 500 Mts.2, registrado en Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada N° 2.01.4.01.0045530 asiento A-1” (sic [fs. 6]).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- LA INMEDIATA RESTITUCION DE MIS DERECHOS VULNERADOS
- a)
- 1)
- i)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- la defensa como
- cuando existan mandamientos de desapoderamiento, pretendiendo desalojar a una o varias personas de un bien inmueble, es posible otorgar una tutela de carácter ‘provisional’
- corresponde a este Tribunal, como garante del respeto y vigencia de los derechos y garantías fundamentales de las personas, otorgar una tutela provisional
- III.3. Análisis del caso concreto
- cuarentena total
- CONFIRMAR en todo