SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0340/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0340/2021-S2

Fecha: 22-Jul-2021

Fragmento 20

En ese entendido, la autoridad demandada al condicionar el envío del legajo de la apelación incidental a que el accionante otorgue fotocopias simples, generó una dilación innecesaria; por cuanto, al momento de conocer el informe de la Secretaria de su despacho a través del cual le explicó que no se contaba con las piezas procesales necesarias para elevar en alzada el recurso impugnatorio, debió instruir de forma inmediata el envío del expediente en original y dar cumplimiento a lo preceptuado en el art. 251 del CPP, aspecto que no aconteció, causando de esa forma indefensión al solicitante de tutela; ya que, al estar cumpliendo la medida extrema y sin posibilidad de que su situación jurídica sea revaluada, se ocasionó una indebida demora que incide en su derecho a la libertad; consiguientemente, sobre este punto la tutela solicitada debe ser concedida en la modalidad de pronto despacho.