SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0348/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0348/2021-S2

Fecha: 22-Jul-2021

Fragmento 19

De lo anotado, se puede evidenciar que el acuerdo suscrito entre el accionante y la empresa demandada determina el cumplimiento de obligaciones inherentes al giro de la actividad empresarial del demandado, advirtiéndose la presencia de los elementos cognitivos propios de una relación laboral y no así civil, cuestión que se denota por la presencia de una vinculación de dependencia y subordinación dispuesta a partir de la obligación del impetrante de tutela a cumplir con las órdenes de su empleador en la forma y ejecución de su trabajo, así como la disposición en todos los días hábiles para el desempeño de sus funciones; también, se tiene evidenciada la existencia de un sueldo periódico a manera de pago, circunstancias que permiten concluir que el solicitante de tutela fungió como verdadero trabajador.