SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0352/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0352/2021-S4

Fecha: 26-Jul-2021

Fragmento 14

           Sobre la primera problemática, referida a la falta de pronunciamiento sobre el memorial de ofrecimiento de garantes personales, cabe señalar que de acuerdo con el desarrollo de la jurisprudencia citada en el Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, toda autoridad jurisdiccional en el ejercicio de sus funciones, está obligada a cumplir con los principios que rigen la administración de justicia; entre ellos el principio de celeridad, evitando dilaciones indebidas o innecesarias en la resolución de solicitudes vinculadas a los derechos fundamentales a la vida y a la libertad de los procesados; principio de no ser observado, da lugar a que el afectado con dicha dilación active un mecanismo inmediato de defensa como es la acción de libertad de pronto despacho; cuya finalidad es acelerar los trámites judiciales o administrativos, cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona privada de libertad.