SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0362/2021-S3
Fecha: 14-Jul-2021
De la actuación del Tribunal de garantías
Finalmente, corresponde precisar que si bien el Tribunal de garantías, concedió la tutela solicitada de forma correcta; sin embargo, al momento de resolver la presente problemática constitucional, dispuso que el Juez ahora accionado deje sin efecto el mandamiento de apremio y libre el respectivo mandamiento de libertad en favor del accionante; extralimitando con ello su competencia; puesto que es deber de la autoridad judicial hoy accionada -a cargo del proceso- restablecer las formalidades que no fueron observadas y subsanar cualquier vulneración generada por su actuación u omisión, todo conforme a sus atribuciones y competencias; por lo que, esta Sala del Tribunal Constitucional Plurinacional considera que dicha decisión no fue la adecuada, exhortando a los miembros del Tribunal de Sentencia Penal Séptimo de la Capital del departamento de Santa Cruz, a que en futuras actuaciones enmarquen su labor dentro de los parámetros establecidos por el procedimiento constitucional.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la asistencia familiar y las observaciones efectuadas por los obligados
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- De la actuación del Tribunal de garantías
- CONFIRMAR
- 1º CONCEDER
- 2º Exhortar