Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0362/2021-S3
Fecha: 14-Jul-2021
II.10.
II.10. Cursa escrito presentado el 12 de diciembre de 2018, por el que la demandante en el proceso familiar solicitó al entonces Juez Público de Familia e Instrucción Penal Primero de Cotoca del departamento de Santa Cruz, que se libre mandamiento de apremio contra el accionante; puesto que el mismo fue notificado con la aprobación de la liquidación de asistencia familiar y su intimación, no cumpliendo con el plazo legal para los pagos correspondientes (fs. 46 y vta.). Dicho memorial, mereció el decreto de 13 de igual mes y año, por el cual el referido Juez dispuso que por Secretaría de su Juzgado se informe si el obligado -accionante- cumplió con el pago de asistencia familiar (fs. 47).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la asistencia familiar y las observaciones efectuadas por los obligados
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- De la actuación del Tribunal de garantías
- CONFIRMAR
- 1º CONCEDER
- 2º Exhortar