Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0362/2021-S3
Fecha: 14-Jul-2021
II.11.
II.11. Mediante memorial presentado el 19 de febrero de 2019, ante José Orlando Rojas Baspineiro, Juez Público de Familia e Instrucción Penal Primero de Cotoca del departamento de Santa Cruz -ahora accionado-, el accionante demostró los gastos extraordinarios realizados en favor de sus hijos. Dicho escrito mereció el decreto de 21 de igual mes y año, por el que la referida autoridad judicial dispuso que se arrimen a los antecedentes (fs. 60 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la asistencia familiar y las observaciones efectuadas por los obligados
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- De la actuación del Tribunal de garantías
- CONFIRMAR
- 1º CONCEDER
- 2º Exhortar