SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0367/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0367/2021-S3

Fecha: 14-Jul-2021

II.3.

II.3.  Por memorial presentado el 13 de septiembre de 2016, la accionante señaló como nuevo domicilio procesal ubicado en avenida Banzer, entre tercer y cuarto anillo, entrando dos cuadras por la calle que queda en medio del Banco Ganadero Sociedad Anónima (S.A.) y Toyota 160 (fs. 138); mereciendo decreto de 14 de igual mes y año, por el cual el Juez de la causa dispuso: “…no ha lugar su consideración, toda vez que el domicilio procesal señalado en el memorial que antecede no se encuentra dentro de las veinte cuadras con respecto al juzgado, por consiguiente señálese como domicilio procesal de la parte demandada NORAH ELIZABETH CEDEÑO HINOJOSA en la secretaría del juzgado, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 72 numeral IV del Nuevo Código Procesal Civil” (sic [fs. 139]).