SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0380/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0380/2021-S3

Fecha: 28-Jul-2021

II.4.

II.4. Por informe de 19 de agosto de 2020, Glenda Chura Mamani, Auxiliar del Juzgado de Sentencia Penal Primero de El Alto del departamento de La Paz informó al Juez ahora accionado que el 13 del mismo mes y año, cuando se ausentó a la ciudad de Nuestra Señora de La Paz, con la finalidad de recibir su boleta de pago del mes de junio -se entiende de ese año- para ser atendida en la CNS, se encontró con la Auxiliar de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, quien le manifestó que están con poco personal de apoyo para realizar la devolución del recurso de apelación al Juzgado de origen, por ello le pidió el favor de entregarle el legajo de apelación incidental caratulado como “M.P. C/ MINAYA”, por lo que personalmente lo recibió en el mencionado Tribunal, retornando ese día directamente a su domicilio y llevando consigo el legajo de la apelación incidental, al día siguiente; es decir, el 14 de igual mes y año, fue a la CNS de la zona Manco Kápac para realizarse la prueba del COVID-19, demorando más de media jornada, al empeorar su estado de salud y para precautelar la de sus compañeros de trabajo, no se constituyó en instalaciones de su Juzgado los días 17 y 18 del referido mes y año, colaborando con el Juzgado a través del Teletrabajo, razón por la cual recién el 19 de igual mes y año puso en conocimiento la devolución de la apelación incidental al Juez ahora accionado (fs. 22).