SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0381/2021-s3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0381/2021-s3

Fecha: 28-Jul-2021

CIRCULAR 11/2020, emitida por el Tribunal Supremo de Justicia

A mayor abundamiento, y solo de forma aclaratoria, corresponde señalar que lo referido por el accionante en la audiencia de esta acción de defensa, sobre lo dispuesto respecto a su solicitud, -al haber asumido conocimiento del decreto emitido por el Juez accionado- pese a no haber sido el reclamo constitucional que motivó su acción, tampoco se evidencia que exista al respecto una lesión de derechos tal que amerite su consideración para una eventual concesión de la tutela, dado que, en el referido decreto, la autoridad accionada se limitó a cumplir el procedimiento que se estaba aplicando en ese momento por las restricciones sanitarias emergentes por el COVID-19, señalando, “Con carácter previo, deberá acreditar con documentación pertinente lo dispuesto en la CIRCULAR 11/2020, emitida por el Tribunal Supremo de Justicia”, no advirtiéndose de ello una denegatoria a considerar la solicitud, sino solo a que se demuestre que la misma se enmarcaba a las condiciones emitidas en la referida Circular a objeto de asumir una determinación al respecto.

Finalmente, en relación a la denuncia de lesión de los derechos a la defensa y a la salud, el peticionante de tutela a más de centrar su reclamo en la falta de respuesta a su solicitud de señalamiento de audiencia de cesación de la detención preventiva, no expresó mayor argumento del motivo por el cual alega la infracción de los citados derechos, limitándose a invocar la pandemia por COVID-19, pero  sin considerar que esa situación estaba, y está siendo atravesada no solo en todo el país, sino también a nivel mundial, sin que hubiese especificado el hecho o situación concreta que afectaba directamente a una eventual lesión de su derecho a la salud vinculado con un riesgo inminente a su vida; por lo que, respecto a los mismos no corresponde efectuar mayor consideración.