AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 124/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 124/2023

Fecha: 18-Oct-2023

Por Tanto 1

La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, en virtud a la potestad conferida por los arts. 186 y 189.1 de la Constitución Política del Estado, 4.I.2, 11, 131.II y 144.I.1 de la Ley N° 025, 5.I.9 de la Ley N° 477, 36.1 y 87.IV de la Ley N° 1715 y art. 220.II de la Ley N° 439, aplicable supletoriamente a la materia por disposición del art. 78 de la Ley N° 1715, resuelve:

1. Declarar INFUNDADO el recurso de casación, cursante de fs. 277 a 294 de obrados, interpuesto por Cesar David Romero Rodríguez y Walter Romero Rodríguez.

2. Se mantiene firme y subsistente, la Sentencia Agroambiental N° 008/2023 de 17 de julio, pronunciada por la Juez Agroambiental con asiento judicial de Villa Montes, del departamento de Tarija, dentro del proceso de Desalojo por Avasallamiento.

3. Se condena a los recurrentes, al pago de costas y costos, de conformidad a lo estipulado en los arts. 213.II.6 y 223.V.2, con relación al art. 224, todos de la Ley N° 439, que mandará hacer efectivo la Jueza de instancia conforme corresponda.

No firma la Magistrada Dra. Ángela Sánchez Panozo, por ser de voto disidente. Suscribe el Dr. Gregorio Aro Rasguido, Magistrado de Sala Primera del Tribunal Agroambiental, en mérito a la convocatoria cursante a fs. 309 de obrados.

Regístrese notifíquese y devuélvase. -