Antecedentes Procesales: Trámite procesal.
I.4. Trámite procesal.
I.4.1. Decreto de Autos para resolución
Remitido el expediente signado con el N° 5443/2023, referente a una demanda de pago de lucro cesante, daños y perjuicios, por providencia de 4 de diciembre de 2023, cursante a fs. 403, se decretó Autos para Resolución; asimismo, mediante decreto de 20 de marzo de 2024, cursante a fs. 408, habiéndose producido las renuncias de las Magistradas Ángela Sánchez Panozo y Elva Terceros Cuellar, que dio lugar a la reconformación de Salas, el Magistrado Presidente de la Sala Primera CONVOCÓ a la única Magistrada habilitada de la Sala Segunda María Tereza Garrón Yucra para conformar Sala, a objeto de llevar a cabo el sorteo de la causa, en función del principio de celeridad procesal y servicio a la sociedad, consagrados en el art. 178 de la CPE y en aplicación de la Declaración Constitucional 049/2023 de 11 de diciembre, señalando audiencia para el 21 de igual mes y año, para el sorteo del presente expediente.
I.4.2. Sorteo
El 21 de marzo de 2024, se procedió al sorteo de la presente causa, conforme consta a fs. 410 de obrados.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la resolución recurrida en casación.
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación de Víctor Caballero Pinto
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación de Natividad Veizaga de Aguirre, Gustavo Alberto y Omar Paul, ambos Aguirre Veizaga.
- Antecedentes Procesales: Contestación al recurso de casación.
- Antecedentes Procesales: Trámite procesal.
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes
- Fundamentos Jurídicos
- FJ.II.1. La naturaleza jurídica del recurso de casación en materia agroambiental.
- FJ.II.2. La trascendencia de las nulidades procesales ante la vulneración de normas de orden público.
- FJ.III.3. El principio de la verdad material
- FJ.III.4. Protección constitucional a los adultos mayores
- FJ.III.5. Del daño emergente y el lucro cesante.
- FJ.II.6. Análisis del caso concreto.
- Por Tanto 1
