AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1a N° 134/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1a N° 134/2023

Fecha: 13-Dic-2023

Por Tanto 1

La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, en mérito a la potestad conferida por el art. 189, numeral 1 de la Constitución Política del Estado, los arts. 11, 12, 17.I y 144 de la Ley N° 025 y los arts. 36.1 y 87.IV de la Ley Nº 1715,modificada por la Ley N° 3545, de conformidad al art. 220.II dela Ley N° 439, esta última de aplicación supletoria a la materia por disposición del art. 78 de la Ley N° 1715, resuelve:

1.- Declarar INFUNDADOS los recursos de casación en el fondo y en la forma de fs. 222 a 224 de obrados, interpuesto por la demandante Reveca Bolaños Villegas, representado por Ronald Santos Padilla Díaz; así como el recurso de casación de fs. 227 a 230 de obrados, interpuesto por los demandados Zenón Pava Liendro y Reina Ramos Paredes.

2.- Se mantiene firme y subsistente la Sentencia Agroambiental 03/2023 de 14 de junio de 2023, así como el Auto de Complementación de 19 de junio de 2023, pronunciados por el Juez Agroambiental de Ivirgarzama del departamento de Cochabamba, cursantes de fs. 205 a 210 vta. y 216 y vta. de obrados.

3.- Al haber ambas partes interpuesto recurso de casación, declarando infundado los mismos, no es procedente la condenatoria en costas y costos.

                                     (Corresponde al Auto Agroambiental Plurinacional S1a N°134/2023)No suscribe el Magistrado Dr. Rufo Nivardo Vásquez Mercado, primer relator, por ser de voto disidente. Suscribe la presente Sentencia, la Magistrada de Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, Dra.  Ángela Sánchez Panozo, en mérito a la convocatoria dispuesta por providencia de fs. 252 de obrados.

Regístrese, comuníquese y devuélvase.