Antecedentes Procesales: Trámite Procesal
I.4. TRÁMITE PROCESAL
I.4.1. A fs. 581 de obrados cursa, Auto de concesión de 13 de noviembre de 2023, por el que el Juez Agroambiental de Ixiamas del Distrito Judicial de La Paz, concede el recurso de casación.
I.4.2. Decreto de Autos para Resolución
A fs. 589 de obrados cursa, Autos para Resolución, por proveído de 4 de diciembre de 2023.
I.4.3. Sorteo
A fs. 591 de obrados, cursa proveído de 20 de marzo de 2024, de señalamiento de fecha y hora de sorteo, que, habiéndose producido las renuncias de las Magistradas Ángela Sánchez Panozo y Elva terceros Cuellar, que dieron lugar a la consecuente reconformación de Salas, el magistrado presidente de sala Primera, CONVOCA a la magistrada habilitada de Sala Segunda, María Teresa Garrón Yucra, para conformar sala, a objeto de llevar a cabo el sorteo de causas, en función al principio de celeridad procesal y servicio a la sociedad consagradas en el art. 178 de la C.P.E.; y en aplicación a lo establecido por la Declaratoria constitucional N° 049/2023 de 11 de diciembre de 2023. En ese sentido se señala para el día 21 de marzo del año en curso a horas 15:30 p.m., para sorteo del presente expediente.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos que sustentan la Resolución recurrida en casación.
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación.
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación al recurso de casación.
- Antecedentes Procesales: Trámite Procesal
- Antecedentes Procesales: Actos Procesales Relevantes
- Fundamentos Jurídicos
- FJ.II.1. 1. El recurso de casación en materia agroambiental
- FJ.II.1. 2 El recurso de casación en el fondo y recurso de casación en la forma en la jurisdicción agroambiental: Distinción y formas de resolución
- FJ.II.2. 1. Naturaleza jurídica y finalidad
- FJ.II.2. 2. Requisitos o presupuestos concurrentes de procedencia del proceso de desalojo por avasallamiento, coherentes con su naturaleza jurídica y características configuradoras.
- FJ.III.1. En cuanto al recurso de casación en la forma:
- FJ.III.1. 1. Existencia de violación, interpretación errónea e indebida aplicación de la ley.
- FJ.III.1. 2. Con relación a la existencia de interpretación errónea de la ley.
- FJ.III.1. 3. Respecto a la indebida aplicación de la ley,
- FJ.III.1. 4. Con respecto a la incorrecta valoración y apreciación de las pruebas.
- Por Tanto 1
