AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2a N° 28/2024
Tribunal Agroambiental Bolivia

AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2a N° 28/2024

Fecha: 19-Abr-2024

Por Tanto 1

La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, en mérito a la potestad conferida por el art. 189.1 de la CPE. y art. 87.IV de la Ley N° 1715 y en virtud de la jurisdicción que por ella ejerce:

1. Declara INFUNDADO el recurso de casación, cursante de fs. 344 a 352 vta. de obrados, interpuesto por Daniel Flores Valeriano, contra la Sentencia Nº 07/2023 de 18 de agosto de 2023, cursante de fs. 320 a 333 vta. de obrados, pronunciada por la Juez Agroambiental de Sucre, que resuelve declarar improbada la demanda de nulidad de contratos, más pago de daños y perjuicios, en contra de Cristóbal y Marina Flores Ramos.

2. Se mantiene firme y subsistente, la Sentencia N° 07/2023 de 18 de agosto de 2023, pronunciada por la Juez Agroambiental de Sucre, dentro de la demanda de nulidad de contratos, más el resarcimiento de daños y perjuicios, sea con costas y costos, conforme establece los arts. 213.II.6) y 223.V.2) de la Ley N° 439, que mandará hacer efectivo la Juez de instancia.

La presente resolución se suscribe en los alcances establecidos en razón a la convocatoria dispuesta por decreto de 2 de abril de 2024 cursante a fs. 505 de obrados. 

Regístrese, notifíquese y devuélvase.-